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Sanciones DIAN por no usar Facturación Electrónica

La DIAN está realizando visitas a establecimientos para verificar la emisión de Facturación Electrónica. No cumplir con esta obligación puede acarrear cierres, multas y sanciones administrativas. A continuación explicamos cada medida, su base legal y recomendaciones prácticas para evitar penalizaciones.

Cierre del negocio

La autoridad puede ordenar la clausura del establecimiento por 3 días hábiles según el Art. 657 del Estatuto Tributario (ET). Este cierre busca forzar el cumplimiento inmediato de la obligación de facturación electrónica y proteger la correcta práctica comercial.

Multa del 1% sobre facturación sin requisitos

Se puede imponer una multa equivalente al 1% del valor facturado que carezca de los requisitos legales, con un tope de hasta 950 UVT (Art. 652 ET). Aplica cuando las facturas emitidas no cumplen la información o formalidades exigidas por la normativa.

Multa del 10% (alternativa al cierre)

Como alternativa al cierre, la DIAN puede optar por imponer una multa del 10%, calculada sobre los ingresos brutos del mes anterior (Art. 657 ET). Esta sanción permite sancionar económicamente sin suspender la actividad del negocio.

Multa por RUT desactualizado

Si la falta de facturación electrónica se debe a datos desactualizados en el RUT, la sanción puede ser de 2 UVT por día hasta que se subsane la inconsistencia (Art. 658-3 ET). Mantener los datos del RUT actualizados es fundamental para evitar cargos diarios acumulativos.

Cómo evitar sanciones

Para prevenir cierres y multas, adopte un sistema de facturación electrónica confiable, capacite al personal y mantenga la información del RUT actualizada. Plataformas como Prolego Finanzas ofrecen soluciones fáciles e intuitivas para emitir, enviar y conservar facturas electrónicas de forma compliant.


Resumen: La DIAN intensifica los controles sobre la facturación electrónica. Revise sus procesos y considere una plataforma electrónica para reducir riesgos y sanciones.

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