Preguntas Frecuentes de Facturación Electrónica
Para muchos la facturación electrónica aún es un tema complicado, poco explicado, o nos lo han explicado de una manera complicada y con un idioma técnico que no ayuda a entender completamente. En esta entrada al blog queremos resolver las preguntas frecuentes alrededor de la facturación electrónica.
¿Debo facturar electrónicamente?
La obligación de expedir facturas se establece en el Artículo 615 del Estatuto Tributario, y deben facturar electrónicamente:
- Personas jurídicas que vendan bienes o presten servicios
- Contribuyentes del régimen simple de tributación
- Personas naturales que vendan bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT ($124.624.500)
- Personas naturales que con ingresos inferiores a 3.500 UVT que:
- Tengan más de un establecimiento comercial
- Tengan una franquicia, concesión o regalía
- Sean usuarios aduaneros
- Tengan consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT
- Tipógrafos y litógrafos por el servicio de factura de papel
¿Qué requiero para facturar electrónicamente?
- Habilitación ante la DIAN como facturador electrónico
- RUT actualizado
- Cámara de comercio (Si eres persona jurídica)
- Firma digital – Certificado digital
Contar con un dispositivo con acceso a internet (Computador, celular o tablet)
¿Cómo puedo facturar electrónicamente?
Hay tres mecanismos por los cuáles puedes facturar electrónicamente
Facturador gratuito de la DIAN
Desarrollo propio
Proveedor Tecnológico: Como Incloud
¿Cómo puedo hacer mi habilitación como facturador electrónico?
Antes de realizar este proceso debes tener claro por cuál de las tres opciones anteriores te vas a ir, si decides que vas a facturar con un proveedor tecnológico debes decidir cuál de ellos vas a adquirir.
Una vez tengas claro el proveedor, debes realizar el proceso que te dejamos en este paso a paso.
Nota: Para realizar los procesos ante la DIAN deberás tener acceso al correo registrado en el RUT del representante legal.