Plazos para la Facturación Electrónica
Sabemos que todos los cambios que ha efectuado la DIAN con el tema de la facturación electrónica nos tiene a todos un poco locos y confundidos de cuándo debemos empezar a emitir las facturas electrónicas en nuestras empresas, pero tranquilo, hoy te vinimos a ayudar un poco con este tema.
¿Quién debe empezar a emitir facturas electrónicas actualmente?
- Los responsables del IVA
- Los responsables sobre el impuesto nacional al consumo
- Todas las personas o entidades que ejerzan profesiones liberales o que presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola y ganadera
- Los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación
Yo debo facturar ELECTRÓNICAMENTE, pero ¿Cuándo?
Lo primero que debemos tener claro para saber cuándo debemos facturar es el código de la actividad económica principal, este código lo encuentras en el RUT
El pasado 1 de octubre se modificó el artículo 3 de la resolución 000020 del 26 de marzo de 2019 mediante la resolución 000064, que comunica el nuevo plazo para la implementación de la facturación electrónica. A las fechas que ya se habían establecido, se les amplió el plazo de la siguiente manera.
Nuevos plazos para la Facturación Electrónica
- Para los grupos 1,2,3 y 4 del calendario 1 contarán con tres (3) meses adicionales a partir de la fecha máxima para empezar a expedir factura electrónica de venta
- Para los grupos del 5 al 14 del calendario 1 contarán con dos (2) meses adicionales a partir de la fecha máxima para empezar a expedir factura electrónica de venta
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